
Revisoría Fiscal
La revisoría fiscal en Colombia está regulada principalmente por el Código de Comercio, la Ley 43 de 1990, las Normas de Aseguramiento de la Información (NAI) y normas del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP). A continuación te explico de forma clara cómo se estructura este servicio:

Estructura del Servicio de Revisoría Fiscal
Marco Legal y Normativo
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Código de Comercio (arts. 203 a 217): obligaciones y facultades.
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Ley 43 de 1990: requisitos, independencia, funciones.
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NIAs aplicables en Colombia: particularmente NIA 700, 315, 240, etc.
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Normas de Ética del IESBA: aplicables al ejercicio profesional independiente.
Componentes del servicio:
Planeación
Conocimiento del cliente, evaluación de riesgos, diseño del plan de trabajo.
Informes
obligatorios
Dictamen sobre estados financieros y certificado de cumplimiento legal.
Supervisión contable
Revisión del cumplimiento de principios contables, veracidad de registros y estados financieros.
Revisión de
la gestión
Control de la actuación de administradores (buen manejo de recursos y toma de decisiones).
Auditoría financiera
Evaluación del control interno, pruebas sustantivas, evidencia de auditoría.
Seguimiento y recomendaciones
Informe de hallazgos, sugerencias de mejora y seguimiento de cumplimiento.
Control legal
Verificación del cumplimiento normativo (tributario, laboral, societario).

Etapas del Servicio
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Contrato y carta de compromiso
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Define alcance, independencia, honorarios, responsabilidad.
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Planeación de auditoría
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Establecimiento del cronograma de visitas, pruebas y revisiones.
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Ejecución y pruebas
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Revisión de documentación, visitas físicas, pruebas de cumplimiento.
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Elaboración de informes
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Dictamen con opinión sobre estados financieros (limpia, calificada, adversa o abstención).
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Certificación sobre el cumplimiento legal.
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Comunicación a órganos de gobierno
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Informes a junta directiva, asamblea o consejo de administración.
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Periodicidad y productos
Actividad | Frecuencia | Entregable |
|---|---|---|
Asistencia a asamblea o junta | Anual | Dictamen financiero |
Revisión de control interno | Trimestral o semestral | Informe legal |
Verificación del cumplimiento legal | Según necesidad | Informe de hallazgos y recomendaciones |
Auditoría de estados financieros | Anual o por convocatoria | Acta con observaciones del revisor fiscal |
Perfil del revisor fiscal
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Contador público titulado con tarjeta profesional vigente.
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Inscripción activa en la Junta Central de Contadores.
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No debe tener vínculos laborales, económicos ni familiares que comprometan su independencia.
Modelo básico de estructura documental del servicio
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Contrato de prestación de servicios de revisoría fiscal
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Carta de independencia
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Programa anual de trabajo
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Papeles de trabajo (auditoría, control legal, riesgos)
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Informes periódicos y dictamen financiero
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Recomendaciones al ente auditado
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Certificaciones requeridas (tributarias, laborales, etc.)

¿Cuándo es obligatoria?
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La revisoría fiscal es obligatoria, por ejemplo, en:
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Sociedades por acciones (S.A.)
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Empresas con activos > 5.000 SMMLV o ingresos brutos > 3.000 SMMLV (ver art. 13, Ley 43/90)
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Entidades sin ánimo de lucro (según ingresos/patrimonio)
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Cooperativas, fondos de empleados, EPS, entre otros sectores regulados
